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El Valle del Marqués (Rodillazo) y la defensa de los caminos públicos

El Valle del Marqués (Rodillazo) y la defensa de los caminos públicos

 Valle del Marqués (Rodillazo). Espacio protegido Red Natura 2000 (LIC Hoces de Vegacervera). El Valle es asimismo Lugar de Interés Geológico (geomorfológico), catalogado con el código: 24037-GEO-013. Foto: ENABIO

 

"De momento, por los alrededores, la mayor parte de la tierra no es propiedad privada; el paisaje no tiene dueño y el caminante disfruta de cierta libertad. Pero posiblemente llegará un día en que será troceada en zonas de recreo en las que unos pocos dispondrán de un placer limitado y exclusivo. Las cercas se multiplicarán ...y harán que caminar sobre la faz de la tierra sea interpretado como la violación de la propiedad de algún caballero....Aprovechemos pues nuestras oportunidades antes de que lleguen los días aciagos".  Henry David Thoreau  (1817-1862).

 

 El Valle del Marqués es un amplio valle de carácter endorreico desarrollado sobre calizas a una altura superior a los 1.600 m. Las aguas se infiltran en campos de dolinas (poljés) formando un gran sistema kárstico en profundidad.

 La finca conocida como Monte Marqués es Coto Privado de Caza desde el año 2009 con la referencia LE-11231.  Desde entonces un vallado y un guarda privado de caza (que no tiene la condición de “agente de la autoridad”) impiden coactivamente el acceso al camino público que une los pueblos de Rodillazo y Correcillas, camino que ha sido usado pacíficamente desde tiempo inmemorial para unir ambas localidades y que figura en los catastros de rústica de Cármenes y de Valdepiélago (municipios por los que discurre) como “Vía de comunicación de dominio público”.

 El vallado cinegético de la finca, además de impedir el libre tránsito por un camino público, impide el tránsito de personas por el dominio público hidráulico del Arroyo de Rodillazo, en contra de la Legislación de Aguas (Art. 6 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y el art. 7 del  Reglamento Dominio Público Hidráulico).

Además, este camino público se encuentra inventariado como bien arqueológico con categoría de “calzada”  en la Carta Arqueológica provincial de León, donde se describe en los siguientes términos:  “…se trata de un camino de tierra que por tradición oral se documenta como Calzada Romana que iba hasta Rodillazo, conocida como la Calzada de Getino […]”. Nos encontramos por lo tanto ante un bien perteneciente al Patrimonio Histórico Español siendo obligación de los poderes públicos garantizar su conservación, así como fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos al mismo (Art. 2 Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español y Art. 2 de la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León).

 La legislación de régimen local otorga a los Ayuntamientos las competencias en “conservación de caminos y vías públicas” (art. 25 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, LBRL). 

 Asimismo, en su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial y dentro de la esfera de sus competencias corresponde a los municipios las potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes (art. 4  de la LBRL). Las entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos (art 68 de la LBRL y 9 del Reglamento de Bienes, RBEL). La iniciación del correspondiente procedimiento para la recuperación de la posesión de un bien público -en este caso un camino- supone no sólo una facultad sino un deber inexcusable y así lo ha considerado reiteradamente la jurisprudencia, siendo los bienes de dominio público inalienables, inembargables e imprescriptibles (art. 4.1 y 80 de la LBRL). Quiere esto decir que cuando los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de demaniales la potestad de recuperación podrá ejercitarse en cualquier tiempo (art. 82.a. de la LBRL y 70 del Reglamento de Bienes).

 En similares términos se expresa la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas (artículos 28, 32, 36, 41, 45 y 55, que tienen el carácter de legislación básica) y que contiene una referencia asímismo al deber de colaboración ciudadana (art. 62).

 Por lo tanto, ante lo que parece la inscripción registral de un camino público (que además es bien cultural) a nombre de un particular, los Ayuntamientos implicados (Cármenes y Valdepiélago) deberían, previa su incorporación al inventario de bienes municipales -en el supuesto de que no estuviera incluido- expedir la certificación correspondiente del mencionado camino y solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad. En caso de contradicción o disconformidad con otros asientos deberían asimismo instar ante los tribunales civiles la correspondiente rectificación registral.

 Sin olvidar el deber de asistencia técnica, económica y jurídica a los municipios que la ley ha atribuido tradicionalmente a las Diputaciones Provinciales.

   

Ficha del Catálogo Arqueológico Provincial (Calzada de Rodillazo).

  

5 comentarios

José Andrés -

Accesos al vértice geodésico del Pico Polvareda:

ftp://ftp.geodesia.ign.es/Red_Geodesica/Hoja0104/010413.pdf

(Partiendo de) ...Rodillazo, andando por el camino que va a Correcillas, durante 45 minutos se llega a la collada del Marqués, desde aquí por senderos de monte despues de una hora se llega al vértice.

José Andrés -

“En las proximidades de Felmín se recogen por la izquierda los ganados que bajan de los puertos de Tabanedo y Rodillazo, en especial del Valle del Marqués, gran planicie situada detrás del Pico Polvoredo o Correcillas…”. La Trashumancia: cultura, cañadas y viajes. Manuel Rodríguez Pascual.

José Andrés -

“Haciendo cruz con la Calzada de la Vegarada discurría otra hermosísima y desconocida Calzada transversal que enlazaba el Curueño con el Torío y el Bernesga (los tres ríos de “La Hermandad de Los Argüellos”). Camino casi perdido, de bravía belleza, cuyo trazado es: Nocedo- Valdorria – Correcillas – Rodillazo – Felmín- Valporquero - Formigoso(Villamanín). Esta impresionante y casi desconocida ruta conserva muchos metros de su maravilloso enlosado, como el que puede verse sobre Rodillazo, en la “Collada del Marqués”. Durante kilómetros el camino mantiene su pureza original, al que en Rodillazo se conoce como “La Calzada”.

Procedencia de la cita: La Mancomunidad del Curueño, laberintos de piedra, verde y agua. Ángel Fierro.

José Andrés -

Claro que sí. Con Viglietti: "¡A desalambrar, a desalambrar! que la tierra es nuestra, es tuya y de aquel,...!

Noelia -

Hola Andrés, gracias por seguir difundiendo nuestra pequeña ruta del próximo domingo, esperemos tener un buen día y que nuestras reivindicaciones sean fructíferas!

Un saludo.


Noelia.